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 Proceso de encargos de Directivos Docentes

 

La Secretaría de Educación de Medellín en cumplimiento a la directrices impartidas por la Comisión Nacional del Servicio Civil, en la Circular No. 20171000000027 del 9 de febrero de 2017, mediante CIRCULAR No. 201860000141 del 18 de julio de 2018, definió el procedimiento para el otorgamiento del derecho preferencial de encargo en empleos de Directivos Docentes en la planta de personal, en aras de brindar celeridad y garantizar la igualdad de oportunidades a todos los directivos y docentes que cumplen los requisitos.

De conformidad con el artículo 2.4.6.3.13 del Decreto 2105 de 2017; el encargo en un empleo de directivo docente debe recaer en el servidor que esté vinculado en propiedad e inscrito en carrera docente en el cargo inmediatamente inferior así:

  1. a) Encargo de rector: director rural, coordinador, docente.
  2. b) Encargo de director rural: docente.
  3. c) Encargo de coordinador: docente.

En la Resolución No. 15683 del 1° de agosto 2016, se adoptó e incorporó el Manual de Funciones Requisitos y Competencias para los cargos directivos docentes y docentes del sistema especial de carrera docente, de la siguiente manera:

REQUISITOS DE RECTOR

PROFESIONALES LICENCIADOS

Formación Académica

Experiencia mínima

Licenciatura.

Seis (6) años de experiencia profesional, los cuales puede acreditar en alguna de las siguientes formas:

1. Seis (6) años
en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), o,

2. Cuatro (4) años en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), y, Dos (2) años de experiencia en otro tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo o del sector educativo, o,

3. Cinco (5) años
en cargos docentes de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución oficial o privada, y,

Un (1) año
en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002) o en otro tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo o del sector educativo.

PROFESIONALES NO LICENCIADOS

Formación Académica

Experiencia Mínima

Título profesional universitario en cualquier Área del Conocimiento

Seis (6) años de experiencia, los cuales puede acreditar en alguna de las
siguientes formas:

1. Seis (6) años en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), ó,

2. Cuatro (4) años en alguno de los cargos de directivos docentes
(Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), y, Dos (2) años de experiencia en otro tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo o del sector educativo, ó,

3. Cinco (5) años en cargos docentes de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución oficial o privada, y,                                                                                                                                    

Un (1) año
en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002) ó en otro tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo o del sector educativo

REQUISITOS DEL DIRECTOR RURAL

PROFESIONALES LICENCIADOS

Formación Académica

Experiencia Mínima

Licenciatura o
Normalista superior.

Cuatro (4) años de experiencia, los cuales puede acreditar en alguna de las siguientes formas:

1. Cuatro (4) años en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), o,

2. Tres (3) años
en un cargo docente de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución educativa, oficial o privada, y,

Un (1) año
de experiencia en otro tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo o del sector educativo.

PROFESIONALES NO LICENCIADOS

Formación Académica

Experiencia Mínima

Título profesional universitario en cualquier área del conocimiento.

Cuatro (4) años de experiencia, los cuales puede acreditar en alguna de las siguientes formas:

1. Cuatro (4) años en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), o,

2. Tres (3) años en un cargo docente de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución educativa, oficial o privada, y,

Un (1) año de experiencia en otro tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo o del sector educativo.

REQUISITOS DEL COORDINADOR

PROFESIONALES LICENCIADOS

Formación Académica

Experiencia Mínima

Licenciatura

Cinco (5) años de experiencia, los cuales puede acreditar en alguna de las
siguientes formas:

1. Cinco (5) años en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley
115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), ó, en un cargo docente de
tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución
educativa, oficial o privada, ó,

2. Cuatro (4) años en un cargo docente o directivo docente de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución educativa, oficial o privada, y, Un (1) año de experiencia en otro tipo de cargos en los que haya
cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo

PROFESIONALES NO LICENCIADOS

Formación Académica

Experiencia Mínima

Título profesional universitario en
cualquier área del conocimiento.

Cuatro (4) años de experiencia, los cuales puede acreditar en alguna de las siguientes formas:

1. Cuatro (4) años
en alguno de los cargos de directivos docentes (Ley 115 de 1994 o Decreto Ley 1278 de 2002), o,

2. Tres (3) años en un cargo docente de tiempo completo en cualquier nivel educativo y tipo de institución educativa, oficial o privada, y,

Un (1) año de experiencia en otro tipo de cargos en los que haya cumplido funciones de administración de personal, finanzas o planeación de instituciones educativas oficiales o privadas de cualquier nivel educativo o del sector educativo.

 

De conformidad con lo anterior, la Secretaría de Educación de Medellín, se permite fijar el siguiente proceso, con el fin de determinar la lista de docentes y directivos docentes que aspiran ser encargados como coordinadores y rectores en el ente territorial Medellín.

CRONOGRAMA PROCESO DE ENCARGO DE DIRECTIVOS DOCENTE

FECHA

ACTIVIDAD

El 3 y 4 de septiembre de 2018

Publicación del Proceso de Encargo la página web de la Secretaría de Educación link http://medellin.edu.co/

5 de septiembre de 2018

Inscripciones de docentes y directivos docentes   a las 08:00 horas hasta las 18:00 horas en el aplicativo dispuesto en la página web de la Secretaría de Educación link http://medellin.edu.co/ se requiere el soporte de documentos en PDF y que no supere las 3 MB.

Del 6 al 12 de septiembre de 2018

*Verificación de requisitos mínimos de conformidad con el (Decreto 490 de agosto 1 de 2016 y la Resolución 15683 de 2016)

13 de septiembre de 2018

Publicación en la página web http://medellin.edu.co/ de la Secretaría de Educación del listado de docentes y directivos docentes que cumplen con los requisitos mínimos

14 de septiembre 2018

Reclamaciones se realizarán desde las 10:00 horas hasta las 14:00 horas, en el aplicativo dispuesto en la página web de la Secretaría de Educación en el link http://medellin.edu.co/

Nota: Las reclamaciones solo operarán por este medio y no se tendrán en cuenta las que sean recepcionadas por otro canal.

17 al 20 de septiembre de 2018

Análisis reclamaciones realizadas por docentes y directivos docentes.

21 de septiembre de 2018

*Respuestas a reclamaciones y Publicación definitiva en la página web de la Secretaria link http://medellin.edu.co/ del listado de docentes y directivos docentes a los cuales se les aplicara la prueba de aptitudes y habilidades

24 y 25 de septiembre de 2018

Aplicación de pruebas de aptitudes y habilidades

26 al 28 de septiembre de 2018

Análisis y consolidación de resultados

1 de octubre de 2018

*Publicación en la página web link http://medellin.edu.co/ de la Secretaría de Educación del listado definitivo de los docentes y directivos docentes que obtuvieron el derecho preferencial de encargo.

*En algunos casos el cronograma puede presentar variaciones, teniendo en cuenta que se desconoce el número de aspirantes que se inscribirán en el proceso

 

OBSERVACIONES

Con el fin de dar celeridad al proceso y teniendo en cuenta que no se tiene un mecanismo de consolidación de la información de todos los docentes, estos deberán aportar de manera íntegra la información requerida para realizar su valoración.

En el evento de evidenciarse que algún docente o directivo docente con derecho preferencial de encargo tiene recomendaciones médicas en el puesto de trabajo y que la ejecución de tareas propias del empleo a encargar pueda desmejorar su condición de salud, éste no podrá efectuarse, porque representa mayor interés la protección de la salud y dignidad humana y es deber de la Secretaría de Educación, salvaguardar estos derechos fundamentales.

La Secretaría de Educación utilizará el listado de docentes y directivos docentes que aspiran a ser encargados como coordinadores y rectores, para proveer las vacantes temporales o definitivas de directivos docentes hasta que lo considere necesario o hasta que la Comisión Nacional del Servicio Civil realice convocatoria para proveer dichas plazas.

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